PROBIDAD Y ÉTICA

En cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal Superior de Cuentas (T.S.C.), de conformidad con el Articulo 53 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas y el artículo 59 de su Reglamento se crea el Comité de Probidad y Ética, con el objetivo de promover una cultura de probidad y ética al interior de cada ente u órgano del sector público y conocer de casos de violaciones a las normas de conducta establecidas en el Código de Conducta Ética del Servidor Público o las normas de conducta propias de la institución.

¿Cómo está conformado el Comité de Probidad y Ética?

Es un equipo de  trabajo  integrado  por  cinco  servidores  publico electo, y que funcionan en los enlaces y organismos del sector publico gubernamental con el fin de promover el cumplimento de las normas de conducta éticas el cual es elegido por cada miembro de la institución y esta misma tiene una validez de dos años.

ACTIVIDADES DEL COMITÉ DE PROBIDAD Y ÉTICA

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